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Viajar a Tenerife en tiempo de COVID-19

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En estos tiempos dominados por el COVID-19 vamos a conocer toda la información necesaria y los protocolos a seguir durante tu viaje a Tenerife.

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Tu estancia en Tenerife

Si vas a viajar a Tenerife en los próximos días, en este enlace encontrarás las restricciones en Tenerife.

Los viajeros “todos” que se alojen en establecimientos turísticos de la isla, tendrán que presentar durante el check-in el resultado de test negativo de la Covid-19 (obligatorio)

Descarga la aplicación RadarCOVID en tu móvil, te notificará sobre el riesgo de exposición a la COVID-19 según tu ubicación. (obligatorio)[/vc_column_text][/vc_column][vc_column width=”1/3″][vc_single_image image=”8530″ img_size=”medium” alignment=”center” style=”vc_box_rounded” css_animation=”bounceInRight”][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text css_animation=”fadeIn”]

Medidas generales de prevención frente al Covid-19

El Gobierno de Canarias ha actualizado las medidas de prevención frente a la Covid-19 para evitar su propagación. Pasamos a enumerarla:[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row content_placement=”middle”][vc_column width=”1/3″][vc_single_image image=”8531″ img_size=”318×290″ alignment=”center” style=”vc_box_rounded” css_animation=”bounceInLeft”][/vc_column][vc_column width=”2/3″][vc_column_text css_animation=”fadeIn”]

Uso obligatorio de mascarillas:

  • En espacios públicos, tanto en la vía pública, como en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público, o que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal de 2 metros.

En los establecimientos y servicios de hostelería y restauración, incluidos bares y cafeterías, se excluye la obligación del uso de la mascarilla solamente en el momento de la ingesta de alimentos o bebidas.

  • Es obligatorio el uso correcto de la mascarilla, debiendo cubrir, durante todo el tiempo, la nariz y la boca completamente.
  • En los centros de trabajo.

No es obligatorio el uso de mascarillas:

  • En los espacios de la naturaleza o al aire libre fuera de núcleos de población, siempre y cuando la afluencia de las personas permita mantener la distancia interpersonal de seguridad de, al menos, 2 metros y solo para la práctica deportiva que tendrá que ser individual.
  • En las piscinas, playas, durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, sin desplazarse, y siempre que se pueda garantizar el respeto de la distancia de seguridad interpersonal entre todas las personas usuarias no convivientes. En cualquier caso, será obligatorio el uso de mascarilla en los accesos, desplazamientos y paseos que se realicen en estos espacios e instalaciones.

Los titulares de establecimientos, espacios y locales deberán garantizar el cumplimiento de estas obligaciones en ellos.

Se recomienda la utilización de mascarilla en los espacios privados cuando se celebren reuniones de personas procedentes de distintos núcleos de convivencia.

Para aquellas personas de riesgo que no puedan hacer uso de la mascarilla, se les prohíbe asistir a eventos y actos multitudinarios.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text css_animation=”fadeIn”]

Distancia de seguridad y aforos

  • La distancia mínima entre personas no convivientes es de 2 metros.
  • Se limita la libertad de circulación de las personas en horario nocturno de las 23.00 a las 6.00 todos los días.
  • El aforo será del 75 % en el caso de los servicios médicos o sanitarios.
  • Se limita a un máximo de 6 personas la permanencia de grupos de personas tanto en espacios de uso público como privado, cerrados o al aire libre, salvo en el caso de convivientes. Si el grupo incluya tanto personas convivientes como no convivientes no excederá de 6 personas.
  • En las actividades de hostelería, restauración y terrazas, bares y cafeterías, el número máximo de comensales por mesa será de 4 personas.
  • En ceremonias nupciales y otro tipo de celebraciones religiosas o civiles se fija en un tercio del aforo autorizado, mientras que será del 50% para las celebraciones que se desarrollen al aire libre, fijando un número máximo de 20 personas en espacios abiertos y de 10 en cerrados.
  • Los casinos de juego, salas de bingo, salones recreativos y de juegos, locales de apuestas externas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas tendrán un aforo máximo del 50 %.
  • No se permitirá fumar, usar dispositivos de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas, shisha o asimilados en los locales de entretenimiento, ocio, hostelería, restauración, incluidas las terrazas. No se permite fumar transitando por la vía pública.
  • Queda prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública. estando prohibidas las aglomeraciones para el consumo de alcohol (botellones)

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SI CREES QUE PUEDES HABERTE CONTAGIADO POR EL COVID-19

El Gobierno de Canarias ha habilitado una póliza de seguro para los turistas que, encontrándose de vacaciones en las islas, puedan resultar afectados por la enfermedad.

 

Si durante tu viaje en Tenerife notas cualquier síntoma que puedan suponer que te has contagiado como tos, fiebredificultad respiratoria; te recomendamos que procedas de la siguiente forma:

Auto aislarse: en una habitación de uso individual con ventana, manteniendo la puerta cerrada, y, si es posible, baño individual. Si no es posible, mantén la distancia de seguridad de 2 metros con el resto de convivientes, y extrema la higiene.

Llamar al Teléfono de información sobre el COVID-19 habilitado por el Gobierno de Canarias +34 900 112 061 si hablas español, o al 112 para que te atiendan en inglés, donde, según tu situación te informarán

Si necesita conocer los datos, actualizados diariamente, del acumulado de contagios por Coronavirus en Canarias y Tenerife respecto al resto de Europa.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

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